Documentación necesaria para pedir el DNI por primera vez

Explicamos todos los documentos que es obligatorio aportar cuando cuando se solicita el DNI en España por primera vez

Tanto para la primera solicitud del Documento Nacional de Identidad (DNI), como para las renovaciones posteriores, hay acudir a las oficinas en persona y siempre con cita previa.

La cita previa para el DNI se puede obtener en este enlace del Ministerio del Interior.

El día de la cita asignada, la persona que va a solicitar el DNI debe estar presente físicamente en la oficina. Por lo tanto, este trámite no se puede realizar por Internet, tiene que ser siempre de forma presencial.

También es necesario el abono de las tasas, que se puede hacer desde la misma oficina de tramitación en efectivo o previamente por internet.

Los documentos que se deben presentar de forma obligatoria son:

  • Certificación literal de nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente o, en su caso, Certificado de inscripción de la nacionalidad española.  Únicamente serán admitidas las certificaciones expedidas con una antelación máxima de seis meses a la fecha de presentación de la solicitud de expedición del DNI y «con la mención expresa de que se expide a los solos efectos de obtener este documento». 

  • Una fotografía reciente en color del rostro del solicitante, tamaño 32 por 26 milímetros, con fondo uniforme, blanco y liso, tomada de frente con la cabeza totalmente descubierta y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir o dificultar la identificación de la persona. (La fotografía deberá mostrar claramente el óvalo de la cara, que incluye cejas, ojos, nariz, boca y mentón, y deberá ser de alta resolución y en papel fotográfico de buena calidad).

  • Certificado o volante de empadronamiento del Ayuntamiento donde el solicitante tenga su domicilio, expedido con una antelación máxima de tres meses a la fecha de la solicitud del Documento Nacional de Identidad.

  • Cuando el titular del DNI sea menor de 14 años o persona con capacidad judicialmente complementada se llevará a cabo en presencia de la persona que tenga encomendada la patria potestad o tutela, o persona apoderada por estas últimas.
  • En aquellos casos en los que se realice la primera inscripción como nacionalizado y el ciudadano posea Tarjeta de Identificación de Extranjero (TIE) o Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión, en el que conste número de identificación de extranjero (NIE), deberá aportarlo, como requisito indispensable, en el momento de la tramitación del DNI. 

Excepcionalmente, en los supuestos en que, por circunstancias ajenas al solicitante, no pudiera ser presentado alguno de los documentos anteriores, y siempre que se acrediten por otros medios, suficientes a juicio del responsable del órgano encargado de la expedición, los datos que consten en tales documentos, se le podrá expedir un DNI con la validez de un año.

Fuente y más información: Portal del DNI. Ministerio del Interior